Despojo
laboral docente
Manuel
Fuentes Muñiz*
La
apresurada aprobación de la Ley General del Servicio Profesional Docente
(LGSPD) en medio de vallas y cercos policiacos pretende consumar una de las
mayores atrocidades en contra de los trabajadores de nuestro país: convertir
los derechos laborales magisteriales en un despojo.
Borrar
en esa ley conceptos como: trabajador, sindicato, condiciones generales de
trabajo, estabilidad en el empleo, bilateralidad y dignidad es la muestra de
que en este gobierno se aborrecen los derechos laborales. La sola mención en
esa legislación de los tribunales y las leyes del trabajo no basta; es sólo un
engaño para justificar la anulación de los derechos sociales para en su lugar
imponer el autoritarismo.
En
temas como el ingreso, promoción y reconocimiento en el servicio, los docentes
ya no tendrán injerencia alguna; serán simples “sujetos administrativos”, algo
así como objetos inertes sin derecho a opinar: “calla, obedece y acata” será la
norma a seguir.
La
estabilidad en el empleo ha sido anulada. En la nueva ley cuando la autoridad
decida el cese éste se aplicará de inmediato; ya no habrá juicio previo ni
resolución de las autoridades laborales para autorizar la separación. Primero
se mandará a la calle al docente y luego se investigará por el tribunal laboral
si el despido fue correcto. La autoridad patrón dirá:
–Te
corro y luego investigamos.
Ya
no existirán las “actas administrativas” con presencia sindical donde la
autoridad en su carácter de patrón esté obligada a demostrar “cara a cara”, con
testigos y documentos a la vista, la causal del cese.
En
su lugar existirá un procedimiento sumario y privado. En un escrito se le
notificarán al afectado las presuntas irregularidades cometidas para que las
responda en no más de 10 días y en un plazo igual la autoridad dé a conocer su
resolución definitiva. Si a criterio de ésta procede la separación, el docente
al instante de la notificación estará impedido de ingresar al centro de
trabajo.
El
profesor afectado deberá someterse sin remedio, ya en la calle, a la insufrible
burocracia de los tribunales laborales durante siete y hasta diez años.
¿De
qué servirá a los maestros acudir a los tribunales laborales si antes les
fueron cancelados sus derechos básicos de estabilidad en el empleo? Esas
instancias de la llamada “justicia laboral” están carcomidas intencionalmente
al no suministrarles el Estado ni recursos económicos ni personal suficiente.
En
estos tiempos y con este tipo de legislaciones se pretenden desaparecer los
derechos laborales por decreto simple. Que los libros y estudios de derecho
laboral sean cosa del pasado. Que en las universidades ya no se enseñe derecho
del trabajo, como en la Universidad Autónoma Metropolitana, donde se pretende
desaparecer la especialidad laboral porque “no es de utilidad”.
En
la LGSPD impera la razón de un solo hombre. El secretario de educación pública
federal podrá a través de lineamientos imponer criterios hasta a los gobiernos
de los estados. Podrá autorizar “parámetros e indicadores” en el ingreso,
promoción, reconocimiento y hasta para la permanencia en el empleo (artículo 7
VII).
Es
un engaño de los legisladores mencionar que en la iniciativa se rescató el
nombramiento definitivo cuando la permanencia en el empleo de los docentes será
menos definitiva que nunca.
La
separación de los profesores será discrecional en todo momento. La autoridad
determinará las causas, los procedimientos, validará las pruebas acusatorias en
contra de un docente y hasta podrá interpretar unilateralmente la LGSPD para
estar por encima de cualquier instancia.
Será
un jurado de una persona: el mismo patrón acusará y condenará. Ella misma se
dirá a sí misma: –yo tengo la razón y yo soy la justicia.
En
las 12 causales de separación, previstas en la nueva ley, se otorgan facultades
ilimitadas a la autoridad para dar por terminados los efectos del nombramiento
siempre sin su “responsabilidad”. Que haga lo que le plazca, que no tenga
contrapesos porque los derechos laborales le estorban.
Debe
saberse que los derechos laborales no son concesión de ninguna autoridad; son
derechos históricos reconocidos en la Constitución y en los tratados
internacionales. Por más que los conspicuos legisladores traten de borrar esos
derechos no podrán desaparecer.
El
derecho laboral como un derecho social fue creado para lograr salarios
decorosos, empleos estables, condiciones de trabajo dignas con respeto a la
vida e integridad física y moral. Cuando se llevan acciones legislativas y de
gobierno para derogar derechos humanos de cualquier manera es la prueba que vivimos
en el autoritarismo.
*
Doctor en derecho, miembro de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos
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